El vicepresidente de la Federación de Bomberos Voluntarios de la provincia de Córdoba, Dr. Ariel Vicario, esto señaló con respecto a la falta de pago por parte del Gobierno nacional del remanente del subsidio nacional: “El Sistema Nacional de Bomberos está financiado por una una ley, la 25.054, que establece un fondo a ser distribuido anualmente. En este caso, existe un remanente de fondos recaudados y no distribuidos que corresponden al año 2025. Debería haberse realizado las tramitaciones que se reclamaron en su momento y dictarse la resolución para que esos fondos fueran distribuidos entre noviembre y diciembre del año 2025.
Eso no sucedió, las autoridades ministeriales o de la Dirección de Bomberos instaron en su momento una ampliación presupuestaria, una modificación del presupuesto el 11 de febrero, ante la Oficina Nacional de Presupuesto, y eso a la fecha no ha tenido esta resolución, es decir, 5, 6 meses después sin resolución.
La verdad que nos preocupa de sobremanera porque estos fondos han ingresado al Gobierno nacional alrededor del 20 de octubre del 2025 y ya al 23 de julio del 2026, esto es 9 meses después, no han sido distribuidos. Estos son fondos que se me recaudan a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación, la que lo transfiere al Gobierno nacional y este a su vez lo distribuye conforme lo establece la ley 25.054.
Hoy eso significa que el Gobierno tiene retenido estos fondos recaudados y que superan los 59.000 millones de pesos para todo el Sistema Nacional de Bomberos de la República Argentina y que le corresponden a cada cuartel alrededor de 45 millones de pesos.
Desde el Consejo Nacional de Federaciones se han hecho las presentaciones haciendo estos reclamos, lo hemos hecho nosotros integrando el Consejo Nacional en reunión de diciembre, donde tuvimos la visita del director de la Agencia Federal de Emergencias, que es un poco la autoridad de aplicación directa de esta legislación, y lamentablemente no hemos tenido respuesta.
Es para entender esto, o sea, no son fondos de libre administración, no están supeditados a criterios de oportunidad, mérito o conveniencia, sino que estos fondos deben ser distribuidos por un mandato legal, por una obligación establecida en la ley y que esta ley ya tiene este más de 25 años de vigencia, y la verdad que no encontramos respuesta alguna, ni razón a esta medida de no distribuir los fondos”.